Impulsando la Industria Audiovisual Europea

25 abril, 2024
Un análisis de los incentivos fiscales en España, Italia, Francia y Alemania – por Carlos Alberto Hernández Jesús
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El mercado audiovisual europeo se encuentra inmerso en una competencia feroz, en la que atraer inversiones y producciones extranjeras resulta vital para estimular la economía y fortalecer la industria del entretenimiento en cada país. En este contexto, la competencia global y regional por ofrecer los mejores incentivos fiscales en la industria cinematográfica está en constante aumento. Los incentivos fiscales regionales adquieren una relevancia cada vez mayor, con los Estados miembros de la Unión Europea compitiendo por captar inversiones y producciones.

La flexibilidad y adaptabilidad de las regulaciones fiscales se han convertido en una ventaja competitiva para cada país, siendo evidente que estas regulaciones y los incentivos fiscales están sujetos a una evolución constante. Cambios y ajustes frecuentes se llevan a cabo para mantener la competitividad y atraer producciones internacionales.


Cada uno de los países analizados en este artículo, ofrece incentivos fiscales atractivos para inversores extranjeros en la industria cinematográfica, aunque las tasas y los límites pueden variar considerablemente. España se destaca como un destino atractivo gracias a sus tasas competitivas y límites de deducción que pueden ser elevados en ciertos casos. Alemania, Italia y Francia también ofrecen oportunidades interesantes, beneficiándose de estructuras escalonadas que permiten cierta flexibilidad.


Este análisis recopila las ventajas fiscales relacionadas con la inversión y producción cinematográfica en España, Alemania, Italia y Francia, resaltando los principales incentivos fiscales en cada uno de estos países. Asimismo, se observa que esta competencia se extiende a nivel regional, convirtiéndose en una característica cada vez más relevante en la atracción de inversiones extranjeras en la industria cinematográfica.

pexels @dusan-cvetanovic
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España, con una política de incentivos fiscales sólida, ofrece a inversores nacionales y extranjeros varias opciones para reducir sus costes de producción. La deducción por inversiones españolas, respaldada por el artículo 36.1 y 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), proporciona una bonificación fiscal de hasta el 30% sobre el primer millón de euros de inversión, y del 25% para el gasto adicional. Además, el crédito fiscal disponible para los financiadores permite una deducción del 30% sobre el primer millón de euros y del 25% para el resto del gasto. Para inversiones extranjeras, el artículo 36.2 de la LIS ofrece una deducción fiscal del 30% sobre el primer millón, con posibilidad de aumentar hasta el 54% en regiones como Navarra o Canarias, bajo ciertas condiciones.

Alemania se caracteriza por un sistema escalonado. El Fondo Federal de Cine ofrece una deducción del 20% o hasta el 25% para presupuestos que superen los 8 millones de euros, con un límite de deducción de 4 millones de euros por producción. El German Motion Picture Fund proporciona una bonificación del 20% y un límite de 2.5 millones de euros, con la condición de que el presupuesto ejecutado en territorio alemán supere los 20 millones de euros.

Italia se presenta como un atractivo destino para inversores extranjeros en la industria cinematográfica, con una bonificación fiscal del 40% en diversos tipos de producción, aunque el límite de deducción es de 25 millones de euros, ampliable a 30 millones en ciertos casos.

Francia ofrece una tasa de deducción del 30%, que puede aumentar al 40% en caso de gastos en efectos visuales superiores a los 2 millones de euros. El límite de deducción es de 25 millones de euros, con la posibilidad de alcanzar los 30 millones en situaciones específicas. Sin embargo, las producciones beneficiarias de esta deducción no pueden recibir el apoyo económico estatal francés tradicional.

La casuística española

El Plan de Fomento del Gobierno en España implanta medidas significativas para fortalecer las fuentes de financiación frente a otros países de la Unión Europea. Las fuentes de financiación más comunes son:

  • Deducción por inversiones españolas en largometrajes, cortometrajes y series de ficción, animación o documental (art. 36.1 de la LIS).
    • Beneficiario: Productores.
    • Mecanismo: La deducción permite obtener un crédito fiscal frente a la Agencia Tributaria.
    • Cuantía: Normalmente, la deducción asciende al 30% sobre el primer millón de euros y al 25% para el resto del gasto realizado.
    • Límite: Tiene un límite de 10 millones de euros por producción cinematográfica por norma general. La suma de las deducciones y otras ayudas no pueden exceder al 50% del coste de producción.
  • Deducción por inversiones extranjera en largometrajes, cortometrajes y series de ficción, animación o documental (art. 36.2 de la LIS).
    • Beneficiario: Productores.
    • Mecanismo: Esta deducción fiscal permite solicitar el abono de la deducción fiscal en caso de insuficiencia de cuota fiscal.
    • Cuantía: En general, la deducción asciende al 30% sobre el primer millón de euros y al 25% para el resto del gasto realizado. En ciertas regiones, como Navarra o Canarias, los porcentajes son más altos; en Canarias, por ejemplo, llega al 50% sobre el primer millón de euros y al 45% para el resto del gasto.
    • Límite: La deducción se limita a 20 millones de euros por producción cinematográfica, aunque este límite puede variar si el proyecto audiovisual se transforma en una serie, y también depende de la región donde se realice el rodaje principal. La suma de la deducción y otras ayudas no puede superar el 50% del coste de producción.
  • Deducción por financiador en producciones españolas de largometrajes, cortometrajes y series de ficción, animación o documental (art. 39.7 de la LIS).
    • Beneficiario: Financiadores.
    • Mecanismo: Se otorga un crédito fiscal frente a la Agencia Tributaria.
    • Cuantía: En términos generales, la deducción asciende al 30% sobre el primer millón de euros y al 25% para el resto del gasto realizado.
    • Límite: El límite de la deducción se calcula multiplicando por 1,20 el importe de las cantidades aportadas por el financiador. La suma de las deducciones y otras ayudas no pueden exceder al 50% del coste de producción.
Pexels @markusspiske
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El modelo alemán

Las fuentes de financiación más comunes en las estructuras financieras de Alemania son:

  • Fondo Federal de Cine
    • Deducción fiscal que, en caso de tener insuficiencia de cuota, permite la devolución del incentivo fiscal.
    • Destinada exclusivamente para largometrajes o documentales
    • Importe de la deducción asciende por norma general al 20%, pudiendo incrementar hasta el 25% para presupuestos superiores a los 8 millones de euros ejecutado en territorio alemán.
    • Límite de la deducción es de 4 millones de euros por producción cinematográfica, aunque puede incrementarse a 6 millones en determinadas producciones.
  • German Motion Picture Fund
    • Deducción fiscal que, en caso de tener insuficiencia de cuota, permite la devolución del incentivo fiscal.
    • Destinada para series de televisión o películas que no sean emitidas en salas.
    • Importe de la deducción asciende por norma general al 20%.
    • Límite de la deducción asciende a 2.5 millones de euros por producción, con el requisito de tener un presupuesto ejecutado en territorio alemán superior de 20 millones de euros.

Las deducciones por inversiones cinematográficas extranjeras en Italia

En el contexto de Italia, se han establecido diversas fuentes de financiación que son comunes en las estructuras financieras del país, sin embargo, la más competitiva frente al mercado actualmente es la deducción por inversiones extranjeras en largometrajes, cortometrajes y series de ficción, animación o documental, que presenta las siguientes características:

  • Crédito fiscal frente a la Agencia Tributaria.
  • Destinada para producciones cinematográficas de largometrajes, cortometrajes o series de ficción, animación o documental, y otros espacios televisivos.
  • Importe de la deducción asciende por norma general al 40%.
  • Límite de la deducción es de 25 millones de euros por producción cinematográfica, aunque puede variar si cambia el proyecto audiovisual, viéndose alterado a 30 millones de euros por producción como límite máximo.

El modelo francés

Por último, en Francia, un país con una economía diversificada y altamente desarrollada, las estructuras financieras confían en una variedad de fuentes de financiación para respaldar sus operaciones, destacando entre otras la deducción por inversiones extranjera de largometrajes, cortometrajes y series de ficción, animación o documental.

  • Deducción fiscal que, en caso de tener insuficiencia de cuota, permite la devolución del incentivo fiscal.
  • Importe de la deducción asciende por norma general al 30%, pudiendo incrementar hasta el 40% para ficción cuando el gasto en VFX en Francia excede los 2 millones de euros.
  • Límite de la deducción es de 25 millones de euros por producción cinematográfica, aunque puede variar si cambia el proyecto audiovisual, viéndose alterado a 30 millones de euros por producción como límite máximo. Tampoco pueden recibir el apoyo tradicional económico estatal francés.

Conclusiones (y tensiones entre la estrategia financiera y la creativa)

Carlos Alberto Hernández_recortada

Las conclusiones extraídas de este análisis comparativo aluden a la complejidad y dinamismo del sector audiovisual en cuanto a la interacción entre la creatividad y las fuentes de financiación disponibles. Si bien la creatividad es el motor que impulsa la industria, su desarrollo y éxito están intrínsecamente ligados a la capacidad de acceder a recursos financieros adecuados.

En este contexto, la competitividad del mercado se ve moldeada tanto por la calidad de las ideas creativas como por la capacidad de acceder a fuentes de financiación sólidas y competitivas. La disponibilidad de incentivos fiscales, tanto nacionales como extranjeros, juega un papel crucial en este equilibrio, incentivando la inversión y la producción de contenido audiovisual.

Sin embargo, surge la pregunta acerca de si estas medidas favorecen genuinamente la competitividad del mercado o si, en cambio, la creatividad se ve condicionada por las limitaciones y requisitos financieros impuestos por las fuentes de financiación disponibles. Esta relación bidireccional entre creatividad y financiación plantea un desafío constante para los productores del sector, quienes deben encontrar un equilibrio entre la innovación artística y las demandas financieras del mercado.

En última instancia -y desde mi perspectiva-, el verdadero éxito del sector audiovisual radica en la capacidad de fusionar la creatividad con estrategias financieras sólidas y flexibles, creando un entorno propicio para el desarrollo y la realización de proyectos innovadores y económicamente viables. La sinergia entre la creatividad y las fuentes de financiación, cuando se gestiona de manera efectiva, puede impulsar la competitividad del mercado y premiar tanto la innovación artística como la eficiencia financiera.

Carlos Alberto Hernández Jesús, economista colegiado

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