Distribuidor rico vs productor pobre

15 febrero, 2023

La definición y función de una Distribuidora de Cine, según los manuales de producción cinematográfica es la siguiente: «Se trata de empresas independientes de las productoras, que compran los derechos de exhibición en las salas de cine. El distribuidor adelanta los gastos de realización de las copias y de publicidad. De este modo, el productor cede al distribuidor un porcentaje de los ingresos de la película». Por Jordi Carbonell.

Como productor independiente, cada vez que la leo me emociono con lo bonita que les ha quedado la definición…

Después vuelvo a nuestra realidad, la del día a día. Aquélla en la que las distribuidoras, no solo no adelantan los gastos de realización de las copias y de publicidad, sino que encima cobran unos honorarios, un “fee” le dicen, porque queda más “cool”, totalmente desproporcionados a los servicios que nos van a prestar, perdón, a los servicios que les vamos a prestar. Porque con nuestra película las distribuidoras hacen su negocio obteniendo pingües beneficios de los que muy pocas veces, si no están entre las 25 primeras del top de taquilla, el productor se va a beneficiar.

En España en el año 2022 se exhibieron en salas 498 películas españolas, según fuentes del Ministerio de Cultura. Si a estas 498 películas le restamos las 42 producidas con participación de las Televisiones, Plataformas y las Productoras Pseudo Independientes, que son las que facturan el 97% de toda la taquilla española y que mayoritariamente están distribuidas por las majors, quedan 456. Con esas 456 películas restantes, que representan tan solo el 3% de toda la facturación del cine español, los distribuidores han obtenido en comisiones y los famosos «gastos fantasma» que son aquellos que aparecen en la liquidación final, pero que nadie de la distribuidora te sabe justificar (pero que te los facturan igualmente) un total de casi 1.700.000 €. ¿Y los honorarios? Si ponemos una media -modestísima- de unos 15.000 euros en honorarios por película, nos encontramos que los productores independientes no solo no reciben un euro, sino que en su conjunto deben a los distribuidores un total de 6.840.000 €. O sea, no solo no vemos un euro por una película de la que los productores hemos pagado los gastos en copias, alquiler de salas y a la escasísima publicidad que podemos hacer, sino que tenemos una deuda con los distribuidores que se convierte en una deuda de por vida, que traducido a la práctica significa que no vamos a ver un euro de explotación nunca jamás.

¿Y por qué los productores independientes aceptamos esas condiciones tan leoninas? Porque la mayoría de producciones vienen con las manos vacías después de haber pasado por el minipimer de las Televisiones y Plataformas, y de los grandes bufetes con sus «AIE sin riesgo» , y se agarran al clavo ardiendo que les ofrecen las distribuidoras que aprovechan esa debilidad para distribuir la película.

¿Y cuál sería la solución? No sería, ES. En diciembre de 2015 se publicó la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, donde en su artículo 2d se considerará coste de película: los gastos de publicidad y promoción de la película, facturados a la empresa productora, hasta el límite del 40 por cien del coste de realización de la película y siempre que los mismos no hayan sido objeto de subvención para la empresa distribuidora de la película. En el caso de que dichos gastos hayan sido solo parcialmente subvencionados, podrán reconocerse como coste aquellos otros que no hayan sido objeto de ayuda.

En la práctica significa que un productor que ha constituido una AIE para producir una película a través de la financiación privada, no necesita de ninguna distribuidora para poder distribuir con un mínimo de garantías de éxito su película. Eliminando no solo el riesgo de quedar en deuda “ab eternis” con la distribuidora, sino que también evita el riesgo de un concurso de acreedores o incluso el posible cierre. Porque esa es otra, los productores independientes han de confiar un producto de millones de euros a empresas que tienen un capital social de 3.000 € y dos trabajadores en plantilla.

Y como colofón, decir a los productores que una película distribuida con 30 copias en 10 capitales de provincias sin ningún tipo de anuncio, como mucho una noticia en el Telediario de la comunidad, va a ser un fracaso seguro, porque la idea romántica del famoso «boca a boca» solo funciona si está en más de 120 salas y con una inversión publicitaria a la altura de ese número de salas.

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