El ICAA publica la modificación del Real Decreto que desarrolla la Ley del Cine

30 enero, 2020

El Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales ha publicado hoy para audiencia pública la modificación del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.  Entre las novedades, se puede resaltar la flexibilización de la aprobación de coproducciones internacionales y nueva definición de ‘obra díficil’ para el cómputo de las ayudas con nuevos porcentajes del coste reconocido.

Edificio del ICAA en Madrid

La modificación surge como respuesta a las necesarias adaptaciones que han ido surgiendo en la aplicación de la norma, teniendo en cuenta tanto el carácter dinámico del sector al que va dirigido.

En cualquier caso, el ICAA ha abierto un buzón de correo electrónico para que los interesados puedan realizar sus aportaciones al Real Decreto hasta el 19 de febrero.

Los cambios efectuados siguen dos vertientes. Por un lado, modificaciones que afectan al fomento de la actividad cinematográfica y audiovisual y, por otro, las de carácter procedimental y de mejora de aspectos técnicos.

En lo que se refiere al fomento del cine y el audiovisual, destaca la flexibilización del régimen de aprobación de las coproducciones internacionales.

Ya se contemplaba, como excepción a la norma general, que en las coproducciones internacionales se facilitase la admisión de personal extracomunitario o no perteneciente a los países coproductores, pero ahora se presta especial atención a las obras de animación, y se flexibiliza la aprobación de las coproducciones financieras, de manera que podrá solicitarse una vez iniciado o finalizado el rodaje, y no obligatoriamente antes.

De este modo, se permite que España sea capaz de coproducir proyectos de potencial y prestigio internacionales en situación de igualdad con respecto a otros países.

Asimismo, hay una nueva definición de lo que es una «obra difícil» a efectos del cómputo de la intensidad máxima de las ayudas.

Beatriz Navas es todavía directora general del ICAA. Se desconoce aún si el nuevo ministro de Cultura, Rodríguez Uribes, hará un cambio al frente de este organismo.

Ahora se aumenta el límite máximo para las categorías que recoge la normativa comunitaria. Con ello se intenta paliar las dificultades que encuentran los proyectos dirigidos exclusivamente por mujeres para introducirse en el mercado, se suman obras audiovisuales con un especial valor cultural y artístico que necesiten un apoyo excepcional de financiación pública y se da respuesta al mayor apoyo que precisan los proyectos dirigidos por cineastas con discapacidad.

De este modo, se fijan los siguientes porcentajes del coste reconocido: los cortometrajes pasan del 75 % al 85 % de dicho coste; las obras de los nuevos realizadores (con un límite actual del 70 %), las obras en lenguas cooficiales (con un límite actual del 60 %) y el nuevo supuesto de las obras dirigidas por personas con discapacidad pasan a alcanzar todas ellas el 80%. Finalmente, los nuevos supuestos de obras dirigidas exclusivamente por mujeres y de obras de especial valor cultural podrán alcanzar ayudas de hasta el 75% del coste reconocido.

Las modificaciones técnicas buscan ofrecer mayor seguridad jurídica y se enfocan en culminar el proceso por el cual la relación entre la Administración y los interesados pasa a ser únicamente por medios electrónicos; se modifica a su vez el régimen sancionador; se establecen los criterios para la calificación por grupos de edad mediante Resolución de la Dirección General del ICAA, en lugar de mediante Orden Ministerial; y se mejora la regulación de los órganos de apoyo y asesoramiento, con la revisión de determinados aspectos tanto de la Comisión de Calificación como de los órganos de asesoramiento para la concesión de las ayudas.

Puedes leer el texto completo del Real Decreto aquí.

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