Desde Díez y Romeo hemos querido analizar los hitos más relevantes de los concursos de licencias audiovisuales televisivas (TDT) en Andalucía.
Por Jaime Rodríguez Díez, letrado de Díez & Romeo Abogados jrodriguez@diezromeo.com
La primera normativa relevante en materia de televisión fue el Decreto 1/2006, de 10 de enero, por el que se regula el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres en Andalucía (BOJA núm. 15, de 24 de enero). El objetivo que perseguía era dotar a la Comunidad Autónoma de Andalucía de un marco normativo que sustentara la transición de la televisión analógica a la TDT.
Anulación parcial del Decreto 1/2006 de TV Local.-
Determinados artículos de dicho decreto fueron impugnados por la Administración General del Estado al considerar que vulneraban competencias de carácter exclusivo, esencialmente referidas a cuestiones técnicas de gestión del espectro.
Desde el Estado se consideraba que la Junta de Andalucía no tenía competencia material para regular aspectos como el gestor técnico del múltiple o la resolución de conflictos entre televisiones que comparten el mismo múltiple.
Esta impugnación fue resuelta en primera instancia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso núm. 1159/06, que, por sentencia de 11 de junio de 2007, estimó parcialmente el recurso interpuesto por la Administración General del Estado y anuló los artículos 12, 13, 23.2, 40, 41.5.º y 6.º, 47 y la disposición transitoria única del Decreto 1/2006 citado. Esta sentencia fue recurrida en casación por la Junta de Andalucía, recurso núm. 4181/2007, que fue resuelto por el Tribunal Supremo mediante Sentencia de 16 de junio de 2010, confirmando la anulación del TSJ de Andalucía.
Anulación parcial de las bases del concurso de 2006.-
Para garantizar la seguridad jurídica de las emisiones de televisión local, el 18 de abril de 2006, el Consejo de Gobierno aprobó la primera convocatoria del concurso público para el otorgamiento de concesiones de TDTL en Andalucía. (BOJA núm. 81, de 2 de mayo). Este acuerdo incluía las bases por las que se regiría dicha convocatoria. El antecedente directo de algunas de ellas se encontraba en el señalado Decreto 1/2006, de ahí que, al igual que ocurriera con esta última norma, la Administración General del Estado impugnara el acuerdo del Consejo de Gobierno y sus bases.
Nuevamente, la Abogacía del Estado reprochaba a la Junta que se entrometiera en las competencias de la Administración Central. De este modo, se criticaba que una convocatoria de licencias de TDTL incluyera criterios de valoración relacionados con la viabilidad técnica del centro emisor. Aspectos como la evaluación de la infraestructura de la alta frecuencia guardan relación con el régimen de las telecomunicaciones y las CCAA carecen de potestad para valorar proyectos de esa naturaleza.
Dicha impugnación fue resuelta en primera instancia por la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía. La Sentencia de 16 de julio de 2007, estimó parcialmente el recurso interpuesto por la Administración General del Estado y anuló la Base 7 (apartados 1, 3.2 y 4), y las Bases 20.2, 25 y 29. Esta sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo por la Junta de Andalucía; (recurso núm. 5151/2007) pero fue resuelto por Auto, de 20 de octubre de 2010, en el que se confirmaba, la anulación de las bases de la convocatoria.
Para llevar a término lo acordado en sede judicial, se publicó en el BOJA núm. 88, de 6 de mayo de 2011, la Orden de 25 de abril de 2011, por la que se disponía el cumplimiento y publicación del fallo de la sentencia de 16 de julio de 2007, de la sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 1742/2006.
Anulación del reparto de licencias de TDT en 2008.-
A pesar de las impugnaciones judiciales existentes, la Junta de Andalucía continuó tramitando el expediente de licencias TDT que terminó con la adjudicación por medio del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 29 de julio de 2008. Allí se resolvió el concurso para el otorgamiento de concesiones de TDTL en Andalucía (BOJA núm. 209, de 21 de octubre), asignando un total de 163 concesiones a personas físicas y jurídicas privadas en todo el territorio andaluz.
La Junta defiende que siguió tramitando el expediente porque no se había decretado la suspensión de la convocatoria de 2006 y en ese momento no estaban dictadas las Sentencias por el Tribunal Supremo.
A continuación, dicho acuerdo fue igualmente objeto de varios recursos en vía contencioso-administrativa por muchas televisiones históricas andaluzas que se quedaron fuera del reparto, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Durante la tramitación de los más de 30 recursos judiciales la Junta de Andalucía sancionó a algunas televisiones con 500.000 € por no tener las licencias TDT que estaban recurriendo. No obstante, pese a ese ambiente hostil, las recurrentes ganaron todas las Sentencias.
Sentencias que anulan las licencias TDT: consecuencias
Las razones dadas por el TSJ de Andalucía en las sentencias que anulan las licencias TDTL en diversas demarcaciones, gravitan en la anulación parcial de las bases de la convocatoria el 16 de julio de 2007.
Esto es, lo que dice el TSJ es que no puede ser legal que un gobierno adjudique unas licencias de TDT cuyas bases habían sido anuladas, aunque sea parcialmente. Y esto es así puesto que la mayoría de los criterios de valoración relacionados con la parte técnica del proyecto quedaron invalidados judicialmente. Una vez declarados ilegales, no era posible mantener los méritos conseguidos. De modo que si la parte técnica de un proyecto había obtenido 50 o 100 puntos, tras la anulación, no era posible mantenerlos. Al tener que descontar esos puntos de los proyectos y alterar los criterios de valoración, el TSJ de Andalucía decidió anular las licencias.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (ratificado por el Tribunal Supremo) ha considerado que la anulación de las bases de la convocatoria, conlleva la anulación de las adjudicaciones de TDT otorgadas. Ello fue en base al principio de unidad de acto en la valoración por parte de la Mesa de Contratación del contenido de las proposiciones de las empresas licitadoras y también de unidad de convocatoria. De este modo quedaba mortalmente afectada la puntuación globalmente asignada a los participantes.
Nuevo concurso de licencias TDT en Andalucía 2016
Como consecuencia de lo anterior se convocó un nuevo concurso de TDT el pasado mes de agosto de 2016. La documentación presentada por los licitadores se encuentra en la fase de análisis del sobre nº 1.
No obstante, dicho concurso no estuvo carente de controversia por la forma de valorar la experiencia en televisión de los licitadores y por el alto valor de los avales (50.000 € en demarcaciones como Sevilla, Málaga y Granada).
Ello ha ocasionado que algunas televisiones locales históricas de Andalucía no hayan podido presentarse al concurso público.
Ahora tan sólo queda que la Junta de Andalucía dé a conocer el nuevo listado de empresas adjudicatarias de las licencias de TDT Local. A partir de ahí volverá a activarse el sector televisivo andaluz.