simyo (www.simyo.es), el operador de telefonía móvil online, en su apuesta por la libertad y el compromiso con los usuarios de telefonía móvil ha elaborado un estudio comparativo sobre la situación normativa de los contratos de permanencia y el bloqueo de terminales en otros países europeos.
La situación de la telefonía móvil en nuestro país es diferente a la de otros países europeos, como es el caso de Bélgica, en el que la comercialización conjunta del servicio de telefonía móvil junto con un terminal no está permitida y por lo tanto el bloqueo tampoco. En España, pese a que gozamos de uno de los marcos más garantistas en materia de derechos del usuario de telecomunicaciones no existe una normativa específica que regule o limite las condiciones de los contratos de permanencia para telefonía móvil. Asimismo, tampoco existe ninguna regulación sobre el bloqueo de terminales.
En España se dan tres prácticas habituales fomentadas por los operadores dominantes:
Subvención masiva de terminales como principal herramienta para atraer usuarios de otros operadores en lugar de con nuevos servicios y tarifas competitivas. Además, existe una falta de transparencia generalizada en las ofertas: no se informa al cliente de que el terminal que está adquiriendo está subvencionado, no se informa de la penalización en caso de baja anticipada y el cliente no tiene la opción de comparar la oferta del móvil subvencionado con lo que le costaría ese móvil libre.
Vinculación del terminal a la prestación del servicio mediante contratos de permanencia de larga duración (cada vez más largos) y consumos mínimos mensuales, de manera que el usuario no percibe que es posible cambiar de operador ni durante ni con posterioridad al término de la financiación del terminal. Además, se aplican penalizaciones desproporcionadas en caso de baja anticipada.
El usuario se ve obligado a permanecer con un mismo operador durante el período permanencia mediante el bloqueo indefinido del terminal, sin que exista ninguna obligación por parte del operador de desbloquear el móvil cuando ha terminado el contrato de permanencia.
Antecedentes
En 1996 la Comisión Europea envió una carta a los operadores de telefonía móvil recordándoles la obligación de facilitar el desbloqueo de los terminales e indicar a los clientes que su móvil estaba bloqueado. Asimismo, les obligaba a informar sobre las condiciones económicas que acarreaba dicho desbloqueo antes del fin del periodo de permanencia.
Por su parte, la CMT, en línea con la posición de la Comisión Europea, en su Informe preceptivo al Servicio de Defensa de la Competencia de 15 de abril de 1999 declaró “…que en el caso de bloqueo de terminales y desde la perspectiva de la garantía de la libre competencia y de la protección de los consumidores, es necesario que el terminal pueda ser desbloqueado libremente, transcurrido el tiempo necesario para que el importe subvencionado del terminal haya sido recuperado. la cuestión se complica si uno de los operadores que subvenciona los equipos terminales tiene una posición dominante en el mercado y/o ha sido el operador monopolista en servicios de telefonía fija, pues este comportamiento podría ser considerado abusivo por anticompetitivo bajo determinadas circunstancias”.
El bloqueo de terminales y los contratos de permanencia en otros países
Bajo esa filosofía simyo ha elaborado un estudio comparativo en el se observan las diferentes leyes que existen en otros países europeos y del que se extraen las siguientes conclusiones:
· Bélgica: está prohibida la vinculación de un teléfono a un servicio, por lo tanto no existe el bloqueo de teléfonos móviles.
· Dinamarca: sólo es legal bloquear el terminal los primeros 6 meses. A partir de dicha fecha el operador tiene la obligación de desbloquear dicho terminal.
· Francia: Al igual que en el caso anterior, el tiempo máximo de bloqueo son 6 meses. Además, el operador debe advertir al comprador de forma clara que el terminal que está adquiriendo está bloqueado y cómo será el proceso de desbloqueo.
· Finlandia: Está prohibido el subsidio de terminales 2G y el tiempo máximo estipulado por la ley para contratos de permanencia es de 2 años ofreciendo al cliente la opción del desbloqueo pasado ese periodo. El operador debe vender sin subvención los mismos terminales que ofrece vinculados a una oferta.
· Noruega: el bloqueo de terminales máximo permitido es de 1 año.
· Irlanda: el cliente puede exigir el desbloqueo del terminal en cualquier momento
· Italia: la duración máxima de bloqueo de los terminales es de 18 meses. Concluido dicho plazo, el cliente tiene el derecho de exigir el desbloqueo del terminal. Si el cliente desea desbloquearlo pasados 9 meses tiene que abonar, como máximo, el 50% del subsidio.
· Holanda: Los reguladores exigen a los operadores de telefonía móvil una total transparencia en las condiciones de contratación, bloqueo de terminales y duración de los contratos de permanencia.
· Reino Unido: los operadores están obligados a indicar si el terminal está bloqueado y cuáles son los pasos exactos a seguir para desbloquearlo.
La postura de simyo frente al bloqueo y los contratos de permanencia
Desde su lanzamiento en España simyo ha dado todo tipo de facilidades a los usuarios para liberar sus teléfonos móviles a través de la iniciativa Emancipa tu móvil. Además, simyo facilita a sus clientes los trámites necesarios para darse de baja –es el único operador que permite la baja online instantánea-. Por otro lado, la modalidad pospago del operador no incluye ningún tipo de compromiso de permanencia y los terminales que vende en su web no están bloqueados y pueden usarse con cualquier operador.
simyo, marca comercial bajo la que opera KPN en España, ya ha entablado conversaciones con diferentes organismos gubernamentales y asociaciones de consumidores con el fin de informarles de sus planes. Con estas acciones simyo pretende conseguir una normativa que regule los contratos de permanencia y el bloqueo de terminales.