La sanción inicial de la CNMC era de 33.314 euros, pero la Corporación pública admitió las infracciones y el organismo regulador le aplicó dos reducciones del 20 por ciento, previstas en el artículo 85 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, ha multado a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) con 33.314 euros por la comisión de nueve infracciones leves, al haber infringido el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones.
En concreto las infracciones se cometieron, entre los meses de marzo y mayo de este año, en sus canales La 2, Teledeporte y Canal 24 Horas, y consistieron en superar el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos, que no puede sobrepasar “los 5 minutos por hora de reloj”.
Sin embargo, sobre el total de la multa se han aplicado las dos reducciones del 20%, previstas en el artículo 85 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haberse reconocido expresamente por parte de la CRTVE la comisión de las infracciones y haber realizado el pago voluntario de la sanción, por lo que el importe final de la multa ha sido de 19.988 euros.
Competencia recuerda a CRTVE que las reducciones de las sanciones quedan condicionadas al desestimamiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.