El TJUE confirma el bloqueo de una web de enlaces con acceso a archivos en streaming, que infringían la propiedad intelectual

28 marzo, 2014

El sector cinematográfico europeo aplaude la decisión de la corte europea sobre el denominado  caso kino.to, una las mayores páginas piratas de streaming en lengua alemana. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma el bloqueo de páginas infractoras como medida proporcionada y válida para exigir a proveedores de servicios de Internet.

La  industria cinematográfica europea se felicita por la sentencia hecha pública ayer por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso contra la página austriaca de enlaces que daba acceso a archivos en streaming que infringían la propiedad intelectual.

Desde Bruselas, la Motion Picture Association (MPA) ha acogido con satisfacción el veredicto que confirma que el bloqueo de las páginas infractoras es una medida proporcionada y válida para ser implementada por los proveedores de servicios de Internet.

En España la Federación de Distribuidores Cinematográficos FEDICINE y la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual FAP se han felicitado por este paso dado por el TJUE en la buena dirección, que viene a sumarse a la reciente decisión de la alta corte europea en el caso Svenson, acerca de que enlazar a contenido no autorizado es ilegal.

Valoración desde España

José Manuel Tourné, Director General de FAP destaca que lo más relevante del caso es la respuesta de la corte europea al  tribunal austriaco acerca de si podía exigirse del proveedor de acceso la medida de bloqueo prevista en la Directiva de derechos de autor (Art. 8.3). Y esta respuesta fue contundente sin dejar lugar a dudas, a lo que Tourné añade: “No sólo puede exigirse sino que es proporcionada y eficaz y precisamente es lo que nosotros venimos solicitando en muchos casos”.

Por su parte, Estela Artacho García-Moreno, presidenta de FEDICINE declara: “en estos momentos en los que se está tramitando el proyecto de reforma de la ley de propiedad intelectual confiamos en que esta resolución del alto tribunal europeo sea tenida en cuenta por sus señorías pues ofrece soluciones reales para proteger con eficacia la propiedad intelectual en internet, y  con ella los derechos de las industrias culturales, que en su conjunto suponen el 3,6 del producto interior bruto de nuestro país según el reciente estudio de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI)».

Valoración de MPA

Por su parte la MPA considera que la decisión del TJUE hecha pública ayer sobre el caso Kino.to es un hito importante en los esfuerzos de las industrias creativas para frenar la piratería online ya que establece un marco jurídico claro para toda la Unión Europea, confirmando las decisiones de los tribunales nacionales. Además, envía un mensaje muy potente a los proveedores de servicios de internet: bloquear sitios web es una medida eficaz para reducir de manera global el fraude contra la propiedad intelectual. El alto tribunal vuelve a confirmar que los intermediarios están, en general, en mejores condiciones para hacer frente a la infracción de los derechos de autor.

Chris Marcich, Director General de la MPA ha puesto de manifiesto cinco aspectos:

1.       «La sentencia de hoy significa que los titulares de derechos de propiedad intelectual seguirán teniendo en toda Europa, la posibilidad de solicitar el bloqueo de sitios web piratas como medida adecuada para la defensa de sus derechos».

2.        «Me siento particularmente alentado por la firme postura que el TJUE ha adoptado en relación con la responsabilidad de los intermediarios para hacer frente a la infracción de los derechos de autor”.

3.       «Un Internet sostenible que beneficie a todos debe funcionar de manera justa, con reglas proporcionadas y equilibradas. Todos debemos desempeñar un papel constructivo en este objetivo incluyendo los motores de búsqueda que continúan conduciendo a los consumidores a páginas que se lucran ilegalmente”.

4.       «La industria del cine está trabajando intensamente cada día para desarrollar nuevas plataformas, innovadoras, orientadas al consumidor y que permitan ver los programas y películas que el público demanda, al mismo tiempo que garantizar que los creadores y quienes hacen posible dichas películas reciban una justa compensación por su esfuerzo”.

5.       «El resultado es que los ciudadanos de Europa tienen ahora acceso a más contenidos audiovisuales en más dispositivos que nunca, incluyendo más de 3.000 plataformas de oferta legal de vídeo bajo demanda. La sentencia de hoy contra Kino.to significa que estas plataformas podrán competir en mejores condiciones de igualdad».

El caso  Kino.to

El 15 de junio de 2012, el Tribunal Supremo de Austria remitió el caso, Constantin Film y Wega v UPC Telekabel Wien, más conocido como el caso kino.to al TJUE pidiendo aclaraciones sobre el bloqueo de páginas y la capacidad de las industrias creativas para hacer frente a las infracciones de derechos de autor online dentro de la UE. Kino.to fue uno de las mayores páginas piratas de streaming en lengua alemana, llegando a alcanzar la posición 40 en el ranking de Alexa.com y contando con un tráfico en su página de hasta 4 millones de visitas al día.

 

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