El fallo del Tribunal de la UE valida el impuesto creado en 2009 para compensar la ausencia de publicidad en las cadenas públicas. El caso puede sentar precedente y afectar a la situación de España, que también tiene recurrida esta medida.
La sentencia desestima definitivamente el recurso que los operadores franceses interpusieron hace dos años. “El Tribunal sostiene que la tasa del 0,9 por podría entrar en el ámbito de los gastos administrativos que pueden ser derivadas de la legislación de la UE, a pesar del impacto de tales impuesto sobre su capacidad de inversión”, señala en un comunicado la Fédération Française des Télécoms (FFT).
La FFT había presentado una denuncia ante la Comisión Europea contra un impuesto de unos 250 millones de euros anuales. “La confirmación de su legalidad supone una verdadera decepción, especialmente cuando la economía de mercado se ha deteriorado y la presión sobre las inversiones en redes de nueva generación es cada vez mayor debido a los despliegues de alta velocidad, la fibra óptica para la tecnología 4G fija y móvil”, apuntan desde la Federación.
En 2009 el Gobierno de Sarkozy aprobó esta tasa con el fin de compensar la supresión de la publicidad en las televisiones públicas en los horarios de máxima audiencia. El fallo del Tribunal de la Unión Europea puede sentar precedente y afectar a España, que también tiene recurrida esta medida.
De hecho, un comunicado emitido por RTVE, señala que «a la vista de las similitudes entre los modelos español y francés, las sentencias publicadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hacen previsible que el modelo de financiación de RTVE sea respaldado por la justicia comunitaria».