Aprobada la Ley de la Comunicación Audiovisual

21 octubre, 2009

Informe técnico elaborado por Díez & Romeo Abogados

El pasado 16 de octubre el Consejo de Ministros aprobó la esperada ley que regula definitivamente el sector. A pesar de que se presentaba como la normativa única destinada a acabar con la atomización de leyes en el sector, en los últimos meses se han aprobado hasta tres normas que verdaderamente han cambiado las reglas del juego.

Nuevo régimen de licencias

Una de las cuestiones más importantes es que las concesiones pasan a llamarse licencias audiovisuales, por lo que habrá que efectuar la conversión a la nueva denominación. Por otro la duración de las licencias audiovisuales se extiende a 15 años renovables automáticamente, en lugar de diez y sobre estos títulos habilitantes se podrá efectuar un elenco de operaciones jurídicas que antes no estaban contempladas. A partir de la entrada en vigor de la Ley, se recrudecerán los casos de extinción de licencias para evitar futuros incumplimientos.
De igual forma inédita se hace un tratamiento expreso de la TDT de proximidad comunitaria, la TDT de Alta Definición, y la TDT de movilidad, sobre los que sienta las bases para su próxima regulación.

Modificaciones en la publicidad

Se establece una división entre los prestadores de comunicación audiovisual televisiva y los de servicios radiofónicos, limitando a los primeros a la emisión de mensajes publicitarios a 12 minutos por hora de reloj y permitiendo a las radios publicidad libre, al igual que a los prestadores de servicios de comunicación electrónica.

El régimen jurídico de la publicidad televisiva se encuentra aún más detallado, estableciendo las condiciones legales a las que se debe someter la nueva tipología de mensajes publicitarios, y destinando su cumplimiento al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, órgano con potestad sancionadora.

Así, queda prohibida tanto la publicidad que transmita imágenes estereotipadas de mujeres y hombres, como el emplazamiento de producto en programas infantiles.

Producción y financiación

Además de a los prestadores de servicios de comunicación televisiva públicos y privados, la nueva Ley incluirá como obligados a contribuir a la producción de contenidos audiovisuales, a los prestadores del servicio de comunicación electrónica que difundan canales de televisión y los prestadores de servicios de catálogos de programas (todos, un 5% de sus ingresos; 6% en el caso de prestadores de servicios de comunicación televisiva de titularidad pública estatal o autonómica).

También se amplía el destino de esta financiación a la producción europea de largometrajes, cortometrajes, películas y series para televisión, documentales y productos de animación (60% para largometrajes, cortometrajes y películas para TV, y al menos 50% de este importe para producción independiente).

En todo caso, el 60% de la financiación conjunta prevista contempla ser destinada a la producción en alguna de las lenguas oficiales de España. Pero, en el caso de los prestadores de servicios audiovisuales de ámbito nacional (tanto públicos como privados), sus aportaciones deberían destinarse a las producciones en la lengua común (español), dado que el resto de las lenguas oficiales ya disponen de subvención y sobreprotección por parte de sus correspondientes CCAA (las cuales excluyen expresamente las producciones el español).

Creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA)

Esta entidad asumirá algunas competencias que tiene la CMT, y estará compuesta por (i) un Comité de Dirección de 9 miembros (Presidente, Vicepresidente y 7 vocales) nombrados a propuesta del Congreso de los Diputados, y (ii) un Comité Consultivo como órgano de participación ciudadana, donde podrán estar representadas las asociaciones de usuarios.

Se destaca, entre el cúmulo de obligaciones que se exigirán a los prestadores de servicios audiovisuales, la capacidad para imponer sanciones de hasta un millón de euros para las televisiones y 500.000 para las radios, con pérdida de la licencia que hayan obtenido en caso de infracción muy grave. Para infracciones graves desde 100.000 a 500.000 euros para las televisiones y desde 50.000 a 100.00 para las radios. Las leves serán inferiores sin que, nunca pueda superar los 50.000 euros para las radios y los 100.000 para las televisiones.

El CEMA deberá velar por el cumplimiento de las obligaciones de las televisiones. Así, se prohíbe la emisión de contenidos pornográficos o violencia gratuita en abierto. Los contenidos que puedan considerarse lesivos para el desarrollo de los menores, sólo podrán emitirse, precedidos de señales acústicas y visuales, entre las 22:00 y las 06:00 horas. Del mismo modo, los programas dedicados a juegos de azar y apuestas, ya sea en abierto o en codificado, sólo podrán emitirse entre la 1:00  y las 5:00 horas.

Y se incluye una exigencia por la que las emisoras en abierto de ámbito estatal y autonómico deberán tener el 75% de su programación subtitulada, en una mayor defensa de los intereses de los discapacitados.

Derogación de toda la normativa europea

El efecto más importante que acarreará la aprobación de la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual será la derogación de toda la legislación audiovisual vigente en la actualidad, lo que configurará un nuevo régimen legal que el sector audiovisual deberá acatar con una mayor rigidez que antaño.

Una ley ‘fruto del consenso’

La vicepresidenta De La Vega aseguró que la ley llegaba para regular un sector en pleno cambio y que es fruto del consenso, cuando algunos han criticado precisamente la falta de debate

Finalmente la Ley Audiovisual fue aprobada en el Consejo de Ministros del pasado 16 de octubre, a pesar de que hace unos meses todo indicaba que el sector debería esperar hasta el año 2010 para verla hecha realidad.

Esta nueva ley, además de derogar todas las normas referentes al audiovisual (muchas y muy dispersas) tenía la labor de adoptar la Directiva Europea de Servicios de Comunicación Audiovisual de 2007 antes de que acabara 2009. Quizá sea una de las razones por las que ya está aprobada.

La vicepresidenta Mª Teresa Fernández de la Vega aseguró, una vez finalizado el consejo, que se trataba de una ley “fruto del consenso”, pero muchos son los que lamentan la falta de diálogo y debate en la redacción de esta norma. Sin embargo, también reconoció que espera que ‘se siga perfeccionando durante el proceso’ y que ‘continúe el diálogo’.

Desde UTECA, la Unión de Televisiones Comerciales, se pide ‘sosiego y mesura, huir del maximalismo y la demagogia, y a poder ser, un pacto de Estado’. La gran petición de UTECA del momento es la extensión de la supresión de la publicidad a las televisiones públicas autonómicas, pero por el momento se trata de una batalla perdida.

La Ley Audiovisual ha introducido cambios propiciados por la Comisión Nacional de la Competencia y por la Asociación de Usuarios, pero las leyes que se han ido aprobando a lo largo del año son las que verdaderamente pueden cambiar las reglas del juego: los operadores de TV pueden fusionarse con más libertad, optar a la TDT de Pago y cuentan con uno menos para el reparto de la tarta publicitaria: RTVE.

Otras leyes del audiovisual aprobadas este año

Febrero 2009: decreto de medidas urgentes por el se permiten las participaciones cruzadas o fusiones entre operadores de TV siempre que la audiencia media acumulada de éstos no supere el 27% de audiencia total

Septiembre 2009: entra el vigor la Ley de Financiación de RTVE por la que se suprime la publicidad en la televisión pública de ámbito nacional a partir del 1 de enero de 2010

Septiembre 2009: se aprueba finalmente el servicio de TDT de Pago a través de un real decreto ley.

Quizás también te interesen:

Únete a nuestra Newsletter

Más de 1000 personas reciben las principales noticias sobre el sector audiovisual.

Al suscribirte aceptas la Política de Privacidad.