Inclusión de cortometrajes en el catálogo de promoción de la Junta de Andalucía

30 abril, 2002

La Junta de Andalucía a través de la Consejería de Cultura hace la presente convocatoria en la Resolución de 11 de marzo de 2002 (BOJA de 16 de abril de 2002). Bases en la Orden de 6 de octubre de 2000 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n° 118, de 14-10-2000).

Se trata de una convocatoria pública para la inclusión de cortometrajes en el Catálogo de Promoción editado por la Consejería de Cultura, para que por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía pueda hacerse una copia en VHS del corto, autorizándose al uso, sin ánimo de lucro y de manera directa, de la obra audiovisual en sus actividades de promoción, comunicación y exhibición.

El Catálogo de Promoción será puesto a disposición de los eventos audiovisuales más importantes del ámbito nacional e internacional.

Podrán acceder a estas ayudas las empresas de producción y las de distribución audiovisual de titularidad privada e independientes, entendiéndose por tal la que su capital social no esté participado de forma mayoritaria por una entidad que gestione directa o indirectamente servicios de televisión, y que:
– tengan una trayectoria profesional estable de al menos 2 años. Si la empresa es de nueva creación este cómputo se aplicará a la trayectoria profesional de los miembros directivos de la misma.
– se encuentre inscrita en su caso, en el Registro correspondiente del ICAA o de la Junta.

Criterios:

– El cortometraje deberá haber sido realizado en los dos años naturales precedentes al año de la convocatoria.

Se tendrá en cuenta además:

– La calidad, el valor artístico y la originalidad de las obras audiovisuales.

– La contribución al acrecentamiento del patrimonio cultural audiovisual de Andalucía.

– La contribución al fomento del empleo en el sector. Se valorará que la producción, filmación, postproducción y promoción de las obras se realicen con profesionales o equipos técnicos o artísticos andaluces, así como que las empresas estén domiciliadas o que ejerzan principalmente su actividad en Andalucía.

Las solicitudes se presentarán en el modelo que acompaña a la Orden, adjuntando la siguiente documentación:

DOSSIER DE LA EMPRESA:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad y/o del número de identificación fiscal de la persona que actúe como representante, de la empresa solicitante, así como, documento acreditativode estar facultado para ostentar la representación. 2. Fotocopia del código de identificación fiscal de la empresa. 3. Memoria e informe de la empresa solicitante, con expresión de las actividades realizadas hasta la fecha y otros proyectos de futuro inmediato. 4. Declaración responsable de no haber sido objeto de resolución administrativa o judicial firme de reintegro, o en su caso, acreditación de su ingreso. 5. Certificado acreditativo de estar inscrita en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

DOSSIER DE LA OBRA Y MATERIALES:
1. Ficha técnica y artística de la obra. 2. Sinopsis del cortometraje. 3. Dossier de prensa. 4. Dos diapositivas del cortometraje. 5. Una copia del cortometraje en formato VHS. 6. Acreditación de que la obra ha sido realizada con posterioridad al 1 de enero de 1998.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, o por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Fecha límite: 45 días naturales desde el día siguiente a la publicación (31 de mayo de 2002).

Para más información puede consultarse la página web de Ecija y Asociados enlazada con "CINEYTELE ON LINE" a través del Area Legal o bien, el Boletín Audiovisual de Ecija y Asociados que se publica mensualmente en las revistas CINEinforme y TELEinforme.

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