Apoyo a la distribución de obras audiovisuales de la Junta de Andalucía

29 abril, 2002

La Junta de Andalucía por medio de la Consejería de Cultura hace la presente convocatoria en la Resolución de 11 de marzo de 2002 (BOJA de 16 de abril de 2002). Bases en la Orden de 6 de octubre de 2000 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n° 118, de 14-10-2000).

La cuantía máxima de la ayuda no podrá superar el 35% del presupuesto de la campaña de distribución, ni los 60.101,21 euros por largometraje.

El 60% inicial se abonará una vez dictada resolución de concesión y una vez se aporte determinada documentación. El 40% restante, a la finalización de la campaña de distribución y previa presentación de la documentación pertinente.
Se consideran conceptos subvencionables:

– el tiraje de copias y en su caso, el subtitulado de las mismas.

– la publicidad incluida en la campaña de distribución del largometraje objeto de la ayuda

– el preestreno del largometraje.

Podrán acceder a estas ayudas las empresas de producción y las de distribución audiovisual de titularidad privada e independientes, entendiéndose por tal la que su capital social no esté participado de forma mayoritaria por una entidad que gestione directa o indirectamente servicios de televisión, y que:
– tengan una trayectoria profesional estable de al menos 2 años. Si la empresa es de nueva creación este cómputo se aplicará a la trayectoria profesional de los miembros directivos de la misma.
– se encuentre inscrita en su caso, en el Registro correspondiente del ICAA o de la Junta.

Criterios:

– La calidad, el valor artístico y la originalidad de las obras audiovisuales.

– La contribución al acrecentamiento del patrimonio cultural audiovisual de Andalucía.

– La trayectoria y solvencia de la empresa de producción o de distribución, así como su participación y experiencia en la producción o distribución de obras de calidad y valor artístico.

– La contribución al fomento del empleo en el sector.

– El presupuesto y su adecuación a la actividad para la que se solicita la ayuda, así como la viabilidad del plan de financiación y del coste total de la misma.

– El ámbito territorial de la campaña de distribución de cada largometraje para su exhibición en salas de exhibición cinematográficas.

Las solicitudes adjuntarán la siguiente documentación:

– Memoria e informe de la empresa solicitante , expresando actividades realizadas hasta la fecha, proyectos y planes de producción y distribución para el futuro.

– Fotocopia del DNI/NIF del representante de la empresa y docuemento que acredite la representación.

– Fotocopia del CIF de la empresa.

– Estatutos de la sociedad, en su caso.

– Declaración de otras ayudas solicitadas, percibidas o concedidas para el largometraje para el que se solicita la ayuda.

– Certificado acreditativo de estar inscrito en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

– Dossier de la campaña de distribución: certificado de nacionalidad del largometraje; documento acreditativo de la adquisición de los derechos de distribución en España; plan y presupuesto de distribución justificado y detallado; plan de financiación, etc.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, o por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Fecha límite: 30 de septiembre de 2002. Para más información puede consultarse la página web de Ecija y Asociados enlazada con "CINEYTELE ON LINE" a través del Area Legal o bien el Boletín Audiovisual de Ecija y Asociados que se publica mensualmente en CINEinforme y TELEinforme.

Quizás también te interesen:

Únete a nuestra Newsletter

Más de 1000 personas reciben las principales noticias sobre el sector audiovisual.

Al suscribirte aceptas la Política de Privacidad.