Ayudas a la producción audiovisual de la Xunta de Galicia

5 abril, 2002

La Xunta de Galicia, Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por Orden de 21 de marzo de 2002 (Diario Oficial de Galicia de 02-04-2002) convoca las siguinetes ayudas para apoyar la producción audiovisual en lengua gallega.

Cuantía: La cuantía de la ayuda dependerá de la valoración de cada proyecto atendiendo a los criterios, con los límites que se señalan a continuación: Cortometrajes: hasta el 50% del importe subvencionable con un máximo de 30.000 euros. Largometrajes y telefilms: hasta un 40%. Documentales y programas pilotos de series de televisión: hasta 50%; Videocreación y multimedias: hasta 50% con un máximo de 15.000 euros.

Pago: El pago de las ayudas se efectuará de acuerdo con las disposiciones presupuestarias que le sean de aplicación, previa presentación por parte del beneficiario de las certificaciones acreditativas del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y cualquier otra que se le exija.

Será objeto de ayuda la producción de: largometrajes y cortometrajes (menos de 60 minutos) cinematográficos, telefilms, documentales, producciones de videocreación, programas pilotos de series de televisión y producciones multimedia.

Podrán acceder a estas ayudas las productoras audiovisuales y empresas de producción multimedia legalmente constituidas como tales, con domicilio social en Galicia.

Excepcionalmente podrán concederse a productoras radicadas fuera de Galicia si reúnen alguna de las siguientes condiciones:
– Que la película tenga por tema, desarrollo o localización la Comunidad Gallega
– Que al menos el 25% del rodaje o grabación se realice en la Comunidad Gallega
– Que las personas integrantes de los equipos técnicos y artísticos participantes sean al menos un 30% residentes en la Comunidad Gallega

Se tendrá en cuenta:

– Calidad del proyecto (grado de desarrollo, elaboración, ajuste entre proyecto y presupuesto, presentación a otras convocatorias de ayudas).

– Utilización de recursos de Galicia (personal artístico, técnico y servicios instalados en Galicia, así como rodaje en la Comunidad Autónoma).

– Viabilidad del proyecto (grado de financiación garantizada, % de ayuda solicitada, compromisos de distribución).

– Capacidad empresarial del solicitante o grupo de empresas que respalda el proyecto (facturación, proyectos realizados, personal).

– Calidad artística (originalidad y creatividad del proyecto).

Las solicitudes se presentarán en el modelo que acompaña a la Orden, en el Registro general de Cultura, Comunicación Social y Turismo, en los registros de las delegaciones provinciales o por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJ-PAC), adjuntando la siguiente documentación:

– Fotocopia compulsada del DNI del representante y acreditación suficiente de la representación.

– Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de la constitución legal de la empresa, de su domicilio social en Galicia y de su inscripción en el Registro Mercantil.

– Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.

– Documento acreditativo de estar al día en el pago del IAE.

– Documentación acreditativa de que el proyecto es obra original y/o de poseer los derechos suficientes del guión, obra literaria …, o la opción de compra.

– Memoria explicativa y sinopsis del proyecto, Guión definitivo de la producción.

– Historial de la empresa y miembros del equipo.

– Plan de producción, presupuesto total, plan de financiación, calendario de inversiones, etc.

Fecha límite: 2 de mayo de 2002
Para más información puede consultarse la página web de Ecija y Asociados enlazada con "CINEYTELE ON LINE" mediante el Área Legal

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