La Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, con pleno poder legislativo, aprobó ayer, 7 de enero, la Ley de la Comunicación Audiovisual, con los votos a favor de PSOE, CiU y Coalición Canaria, la abstención del PP y los votos en contra de PNV y ERC-IU-ICV. La norma finalizará su tramitación parlamentaria en el Senado el próximo mes de marzo.
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Con más de 60 enmiendas, por fin ha salido adelante una ley que deroga alrededor de catorce leyes referentes al sector audiovisual y que venía siendo prometida por los diferentes gobiernos españoles en los últimos quince años. Con la intención de eliminar la atomización legislativa, esta norma llega en un momento clave para el sector televisivo, dado que este año se implantará de forma definitiva la TDT y estarán disponibles más de 40 canales en abierto. |
| El Congreso de los Diputados |
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Así, algunos de los aspectos más destacados de la ley se refieren a la imposibilidad de privatizar las televisiones autonómicas, a pesar de que algunas comunidades autónomas como Madrid han manifestado en varias ocasiones su intención de llevarlo a cabo. Prácticamente todas las televisiones autonómicas públicas acumulan pérdidas millonarias, y como todas las cadenas en general, han visto disminuida su audiencia y su facturación publicitaria. Otra enmienda permite que una cadena autonómica de una determinada comunidad autónoma pueda verse en otra comunidad, siempre que sea limítrofe y tenga afinidades lingüísticas y culturales, y se acuerde mediante convenio y con reciprocidad.
Por otro lado, se limitan a 19 los minutos por hora de publicidad, en lugar de los 29 que en un principio se planteaban. De esos 19 minutos, doce serán de spots (excluidos quedan de esta cifra el patrocinio y el emplazamiento de producto), dos de telepromociones y cinco de autopromociones. La protección a menores ha quedado muy clarificada en esta ley, con la prohibición de emitir anuncios de comida rápida, productos adelgazantes, intervenciones quirúrgicas o tratamientos de estética en horario infantil, así como imágenes de pornografía o violencia gratuita (Éstas últimas estarán prohibidas desde las 20 a las 22 horas, más las franjas de sobre protección de 8 a 9 de la mañana, de 17 a 20 horas los días laborables y de 9 a 12 de la mañana en festivos y fines de semana). La publicidad productos y esos contenidos de pornografía y violencia quedan por tanto restringidos a un horario entre las 22 horas y las 6 horas de la madrugada.
El polémico porcentaje que las televisiones, tanto públicas como privadas, deben destinar a la producción audiovisual también ha sufrido alguna modificación en este último trámite de la ley. Las televisiones públicas deben destinar un 6% de sus ingresos anuales a la producción de largometrajes, TV movies, series de TV, documentales o productos de animación, pero un 25% de ese porcentaje puede ir a parar a TV movies y series de ficción. En el caso de las emisoras privadas, el porcentaje total debe ser del 5%, y dentro de él, un 40% para series y TV movies. Si un canal dedica más del 70% de su programación anual a uno de estos géneros, podrá destinar el porcentaje obligatorio únicamente a su producción.
En cuanto a las licencias de TV concedidas, la ley dice que se renovarán cada quince años de manera automática si no hay otra compañía interesada en conseguirla y habla de que en el caso de arrendamiento de una de estas licencias por parte de la empresa titular de la misma, el primer canal debe incluir contenidos de pago como requisito. Además, las televisiones son a partir de ahora responsables subsidiarias de los posibles fraudes en programas de azar y apuestas, es decir, en los llamados Call TV.
Por otro lado, la ley permite que la actividad de RTVE se concentre en una sola sociedad mercantil, una petición del reciente presidente de la Corporación, Alberto Oliart, cuyo principal objetivo es reducir gastos. Además, la norma fija un plazo máximo de 180 días para la firma del contrato programa de RTVE, un documento que concreta, por un lado, los compromisos del Gobierno con RTVE en materia de financiación y, por otro, las obligaciones de la corporación a la hora de prestar un servicio público. Este contrato-programa debería estar operativo desde la primavera de 2008, de modo que la Corporación viene desde entonces funcionando sin él.
Además, la Ley de Financiación de RTVE está siendo examinada en Bruselas, de donde podrá volver con modificaciones importantes en atención a las operadoras de telecomunicaciones españolas, que ven lesionados sus intereses por la obligatoriedad de aportar un 0,9% de sus ingresos a favor de RTVE.
Algunos calificativos que varios políticos han dedicado a la tramitación de la Ley Audiovisual son 'atropellada', 'express', 'casi clandestina', 'falta de consenso y de diálogo'. Pero el Gobierno asegura que se trata de una ley 'equilibrada, fruto del diálogo y precedida de decenas de reuniones'.
Una circunstancia importante a la hora de valorar el futuro de este ley es que el Tribunal Supremo remitió al Constitucional el pasado mes de diciembre el recurso interpuesto por UTECA contra el Real Decreto 1652/2004 de 9 de julio que obliga a los operadores de televisión a destinar este 5% a financiar el cine porque 'mengua la esfera de la libertad empresarial' de las televisiones, garantizada en el artículo 38 de la Constitución Española. Por tanto, ese tanto por ciento de inversión obligatoria queda a expensas de la decisión del Constitucional.
Se observa además que el 1% que las productoras de animación en España reclamaban para series de dibujos animados nacionales ha quedado fuera de la ley. Los largometrajes de animación solamente recibirán ayudas por su condición de largometrajes, no por ser productos de animación nacional.