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¿Infringe YouTube los derechos de Propiedad Intelectual de las grandes productoras?

por Pedro Gómez Ibarguren. Asociado Cremades & Calvo-Sotelo

La productora Estadounidense Viacom ha demandado recientemente a la página web de hospedaje de vídeos YouTube por mil millones de dólares. Viacom exige que desaparezcan de YouTube unos 100.000 archivos que contienen programas procedentes de la cadena musical MTV y el canal dirigido a la población afroamericana Black Entertainment Televisión (BET), y que podían ser vistos por cualquier internauta sin la autorización de los titulares de Derechos de Propiedad Intelectual.

La evolución de la banda ancha, así como todas las prestaciones que ofrece Internet en la actualidad, permite a los usuarios de la misma el acceso a un volumen de información hasta hace poco impensable. Un ejemplo de esto es la página web de la empresa YouTube (www.youtube.com), cuyo funcionamiento es simple y efectivo. Así, los internatutas libremente envían sus vídeos a este servicio de hospedaje donde otros pueden tener, a su vez, acceso a los mismos de forma libre y gratuita. El problema del gran espacio que ocupan los archivos audiovisuales se solventa mediante la utilización de un programa de compresión que permite a cualquier usuario que disponga de un plugin de Flash instalado en su equipo verlos de forma rápida y con una calidad aceptable.

En teoría, el servicio que ofrece la empresa Youtube permite un gran abanico de posibilidades sin problema legal alguno: Así, cualquier persona con una cámara de vídeo digital y un equipo informático simple con conexión a Internet puede desde enviar vídeos con sus vacaciones, hasta intentar encontrar trabajo mediante los conocidos como currículum vitae multimedia, que empiezan a aparecer ya en la red. Sin embargo, como todo lo concerniente a Internet, también se puede ocultar un aspecto más turbio y/o dudosamente legal, como es el caso de los vídeos con contenidos ilícitos y los que violen los derechos de propiedad intelectual de sus legítimos propietarios.

En cuanto a este último aspecto, que es el que nos ocupa en el presente artículo, es el que ha impulsado a Viacom a interponer una demanda multimillonaria contra YouTube. De esta forma, YouTube, según la demandante infringe los derechos de Propiedad Intelectual ya que "cuelga" en su página vídeos musicales y fragmentos de series televisivas propiedad de Viacom sin su autorización.

Aunque esto en principio parece una clara infracción de los derechos de Propiedad Intelectual de los legítimos dueños de los mismos (en este caso la productora), es necesario tomar en consideración una serie de factores en este caso concreto: 4 En la propia página de YouTube hay una sección denominada como "Copyright Tips", donde aparecen una serie de advertencias a los internautas que pretendan enviar un vídeo relativas a que deben abstenerse de hacerlo si este no es de su propiedad o si no han obtenido la autorización de sus titulares o cesionarios. Así, si los responsables de YouTube localizasen algún vídeo que infringiese estas premisas sería retirado de la página.

Además de esto, debido a la dificultad que conlleva monitorizar la ingente cantidad de documentos que alberga el portal, se establece un sistema de notificaciones para que los interesados o cualquier persona que detecte una infracción de los derechos de Propiedad Intelectual lo notifique para que se actúe en consecuencia retirando el material denunciado.

Como complemento de todo lo anterior, Youtube ha llegado a una serie de acuerdos con empresas audiovisuales para que sus vídeos puedan ser vistos en la página de la empresa. De esta manera se obtienen una serie de beneficios mutuos: por un lado, mayor difusión del material perteneciente al titular de los derechos de Propiedad Intelectual y, por el otro, ingresos para YouTube de la publicidad que aparece en su página.

Estas precauciones tomadas por YouTube parecen suficientes desde el punto de vista de la legislación de la Unión Europea (Directiva 2000/31/CE de 8 de junio sobre Comercio Electrónico) y norteamericana (Digital Millenium Copyright Act de 1998). Ambas contemplan un sistema, por así decirlo, beneficioso para los buscadores y servicios de Internet, como el de YouTube, consistente en que no deben tomar una posición activa en la protección de los derechos de Propiedad Intelectual, sino que sólo deben actuar cuando se les notifique la infracción de los mismos.

En resumidas cuentas, y como conclusión a este artículo, YouTube sólo infringiría los derechos de propiedad intelectual, si una vez notificado de la inclusión de un vídeo en su página sin el consentimiento de su titular, no lo retirase o evitase el acceso al mismo de cualquier forma.


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