Los abogados de Auren consiguen una sentencia favorable del TS para Inma Cuesta

22 abril, 2015

El equipo de profesionales jurídicos, especializados en propiedad intelectual de la firma, dirigido por la socia directora Pilar Sánchez-Bleda ha logrado un incremento del 90 por ciento en la indemnización para la actriz por unas imágenes publicadas en la revista “Qué me dices”.

Inma_CuestaEl equipo de abogados de Auren, especializados en propiedad intelectual, acaban de conseguir una sentencia favorable para su representada Inma Cuesta, actriz española que había denunciado a la revista “Qué me dices” por la publicación en 2010 de unas fotos “robadas” en las que se atentaba contra su intimidad e imagen. El trabajo de los profesionales de la firma líder en prestación de servicios profesionales de auditoría, asesoramiento legal, consultoría y corporate estuvo  dirigido por la socia directora Pilar Sánchez-Bleda, consiguiendo un incremento del 90 por ciento en la indemnización que la Audiencia Provincial había concedido a Inma Cuesta en Segunda Instancia. La sentencia del Tribunal Supremo, ya definitiva, se ha traducido en tan alto porcentaje de compensación económica, que ahora deberá abonar la editora de la revista a la nueva “chica Almodóvar”. Cuesta participará en la próxima película del cineasta manchego En silencio.

El éxito que ha supuesto lograr que la sentencia del Tribunal Supremo incrementara en casi un 100 por cien la indemnización económica que la Audiencia Provincial había concedido a Inma Cuesta en Segunda Instancia,  es el resultado de la actividad probatoria realizada por el equipo de abogados de Auren, que demostró con pruebas y evidencias sólidas que se había producido “una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad y a la propia imagende la actriz.

José Ignacio Gómez Santano, abogado de Auren, ha explicado en relación a la sentencia que “no sólo probamos la vulneración del derecho fundamental a la intimidad y a la propia imagen, a lo que estamos obligados como parte demandante, sino que también asumimos el reto de acreditar con todos los medios posibles la cuantía de la indemnización. El Tribunal Supremo premia dicha labor que ha beneficiado al cliente y reprocha a la revista su inactividad probatoria sobre la tirada de la revista, los ingresos obtenidos por dicha tirada y los ingresos por publicidad, cuestiones que la demandada podría haber probado mejor que nadie”.

Elena Ordúñez Martín, también abogada del despacho, que “la Audiencia Provincial de Madrid consideró desproporcionada la cuantía que habíamos solicitado en concepto de indemnización para Inma Cuesta porque entendió que una revista del corazón carece de interés general y, en consecuencia, suscita un interés menor para el público. Sin embargo, el Tribunal Supremo, subraya que, lejos de lo anterior, este tipo de revistas, si bien no forman opinión pública, suscitan un enorme interés para un gran sector del público. Y no cabe duda de que unas fotografías de una actriz famosa en topless contribuyen a aumentar las ventas de la revista aunque para ello se tengan que vulnerar derechos fundamentales, lo que justifica la indemnización solicitada en primera instancia”.

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